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Las Telecomunicaciones en Guinea Ecuatorial

Las telecomunicaciones consisten en el estudio y aplicación de la técnica que diseña sistemas que permitan la comunicación a larga distancia a través de la transmisión y recepción de señales, que se propagan a través de ondas electromagnéticas.

En virtud de la Ley de Telecomunicaciones, la telecomunicación es toda transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos, e informaciones de cualquier naturaleza por
hilo, radioelectricidad, medio óptico, u otros sistemas electrodomésticos; incluyendo también los medios auxiliares de servicios como la edición de guías. Las telecomunicaciones son la herramienta fundamental para el desarrollo del planeta: fomentan la educación, los negocios y nos acercan día a día a una vida más cómoda.

La importancia de invertir en las telecomunicaciones se observa en su importancia para con todos los sectores. Las circunstancias actuales han inducido a la integración del sector de las telecomunicaciones al grupo compuesto por todos los países del mundo denominado Sociedad de Telecomunicación y de las Nuevas Tecnologías de Información, y a facilitar las relaciones y la interconexión de los diversos sectores de la sociedad. De manera que los Gobiernos de diversos países han promovido un cambio global, principalmente en la manera de enfocar la ordenación y la expansión de un sector tan importante para el desarrollo económico, social y cultural. Este cambio se materializa en la expansión de las infraestructuras de las Telecomunicaciones, introduciendo para ello nuevas redes y tecnologías que permitan la satisfacción de las necesidades de comunicación de los ciudadanos.

El Marco jurídico

La Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial, establece como materia reservada al Estado el sector de las telecomunicaciones, correos y transporte; con lo cual el Estado actúa como órgano tutor, con la posibilidad de asociar la iniciativa privada, introduciendo de este modo la libre competencia en la provisión de los servicios de telecomunicaciones.

Son fuentes de este sector: la vigente ley de telecomunicaciones y los decretos reglamentarios que la desarrollen; las disposiciones y resoluciones administrativas; los tratados internacionales y los Convenios de Derecho Internacional; las normas y recomendaciones de los órganos de la Unión Internacional de Telecomunicaciones que sean de aplicación.

El Ordenamiento Jurídico de las telecomunicaciones, se interpretará teniendo en cuenta las normas y disposiciones que lo integran, los principios de los servicios públicos (libre competencia, trato igual, eficiencia, objetividad, transparencia, garantía de los derechos de los proveedores y usuarios (el secreto de las comunicaciones, derecho a la intimidad y propia imagen, derecho a tarifas justas y equitativas), universalidad en el acceso y mejora en su prestación.

En la Ley de Telecomunicaciones vigente se resalta como objeto principal, la ordenación de las telecomunicaciones y de las tecnologías de información con respecto de las redes, los servicios, los aparatos y sistemas.

Se entiende como redes los equipos de transmisión que pueden transmitir información, que puede ser datos de audio, de vídeo, con señales electromagnéticas u ópticas entre diferentes ubicaciones de forma analógica o digital.

El estado y Las Telecomunicaciones

Al ser las telecomunicaciones un servicio público, el Estado se convierte en el órgano encargado de la tutela, garantía y responsabilidad en la gestión, expansión y en su mejora; de marera tal que ejercerá el control efectivo para asegurar la materialización de los objetivos enmarcados en la vigente ley de telecomunicaciones. Para ello, el Estado podrá delegar o asociarse con la iniciativa privada garantizando la competencia y el trato igualitario entre los distintos operadores. Igualmente al Estado le corresponde la gestión, administración y control del espectro de frecuencia radioeléctrica. El dominio público radioeléctrico comprende las frecuencias hasta 3000 gigas hertzios.

Para poder hacer uso del espectro, los concesionarios y autorizados deberán pagar un canon para la protección, administración y control del mismo.

También el Estado asume la gestión y la administración del Espacio público o terreno donde se instalen las infraestructuras para las telecomunicaciones.

Las Redes y Telecomunicaciones

Se entiende como redes los equipos de transmisión que pueden transmitir información, que puede ser datos de audio, de vídeo, con señales electromagnéticas u ópticas entre diferentes ubicaciones de forma analógica o digital.

Debemos diferenciar la comunicación privada de la oficial. La primera es la que se establece para satisfacer necesidades propias de telecomunicación en aquellos ámbitos en que coinciden el titular de la línea y el usuario de la misma. Una cosa muy importante para tener en cuenta es que para hacer uso de las comunicaciones privadas con redes satelitales no necesitan de una concesión o autorización, simplemente, los usuarios acordarán con los titulares de las comunicaciones existentes para disponer de aquellas.

Las comunicaciones oficiales son las que resultan de las propuestas que hace la administración en cuanto a la prestación de servicios de dichos servicios. Para su existencia, se requiere una previa información a ORTEL.

Administración de las telecomunicaciones en Guinea Ecuatorial

La reglamentación de las telecomunicaciones y la explotación de servicios relacionados, son funciones diferentes, cuya competencia la ostenta el Ministro encargado de las Telecomunicaciones y el Consejo de Ministros.

Todos los usuarios de las telecomunicaciones de manera directa e indirecta están sometidos a la potestad y el control de la Administración Pública, la cual ejercerá sus funciones de acuerdo con la ley de Telecomunicaciones y con subsidiariedad mediante la Ley del Régimen Jurídico de la Administración Central del Estado.

El Órgano Regulado de las Telecomunicaciones (“ORTEL”)

La ley reguladora de las Telecomunicaciones en Guinea Ecuatorial incluye la creación del Órgano Regulador de las Telecomunicaciones, en anagrama ORTEL. ORTEL es el órgano técnico y asesora en materia de telecomunicaciones. Tiene personalidad jurídica propia y actúa bajo la tutela del Ministerio de Telecomunicaciones, quien de conformidad con la ley, tiende a considerar como propuesta las decisiones emitidas por ORTEL.

ORTEL es la pieza clave para la organización y ordenación de las telecomunicaciones en Guinea Ecuatorial, asegura el desarrollo armónico del sector, la expansión y modernización de las redes e infraestructuras, la calidad de los servicios y los derechos de operadores y usuarios, actuando siempre por el interés general que caracteriza al sector público. El Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones es un mecanismo que la ley ha implementado para facilitar y asegurar el acceso de los servicios, principalmente en aquellas zonas que para los operadores so de escasa rentabilidad.

La Oficina Reguladora, propondrá reglamentos que desarrollen la ley de Telecomunicaciones, teniendo en cuenta la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones, la decisión final la tiene el Ministerio de Telecomunicaciones.

Los Objetivos de ORTEL

Algunos de los objetivos de ORTEL son asesorar para la coherencia, velar por el cumplimiento de las normas en materia de telecomunicación y proponer reformas institucionales por la competencia. Actuando siempre dentro de los principios de legalidad, transparencia, objetividad y celeridad. Persiguiendo la salvaguardia, persiguiendo la competencia en el mercado, la protección de los usuarios y el cumplimiento de la prestación y explotación de los servicios de telecomunicaciones. Actúa como órgano mediador para solucionar y dirimir las controversias que resulten entre las operadoras o entre estas y los usuarios.

Las Funciones de ORTEL

Todas aquellas que ayuden a la Oficina alcanzar sus fines y objetivos. Entre otras:

  • Proponer al Ministerio de Telecomunicaciones los reglamentos y otras disposiciones adoptadas en la materia que nos ocupa;
  • Dictaminar los expedientes de las concesiones administrativas y la elaboración de propuestas de resolución;
  • Dictaminar los expedientes sobre autorizaciones;
  • Elaborar los pliegos que contienen las condiciones que rigen para la adjudicación de concesiones y someterlas posteriormente al Ministerio de Telecomunicaciones para su posterior aprobación;
  • Elaborar propuestas sobre las condiciones requeridas para la concesión de una autorización;
  • Gestionar y administrar el espectro de frecuencias radioeléctricas y los recursos de numeración;
  • Vigilar, controlar y supervisar el cumplimiento de las condiciones impuestas;
  • Proponer las sanciones pertinentes para el mejor logro de los objetivos marcados;
  • Diseñar y proponer las condiciones de competencia entre los diferentes operadores;
  • Estudiar los criterios que permiten clasificar a un operador como dominante;
  • Intervenir en la resolución de conflictos entre los diferentes operadores;
  • Administrar y gestionar el Fondo de Desarrollo de las telecomunicaciones; y
  • Mantener informados a los interesados sobre las tarifas y precios.

Uno de los problemas que se plantean es la dilación en la concesión de una autorización, como requisito previo para importación de las antenas de telecomunicación, si bien de estas depende mayoritariamente el funcionamiento de la red de internet y la red de telefonía móvil.

Las Concesiones

La Administración Pública tiene la potestad de conceder a una persona física o jurídica el derecho para la explotación de sus servicios.

La concesión la realiza el Ministerio de Transporte, Tecnología, Correo y Telecomunicaciones, en un periodo de veinte (20) años, a las diferentes empresas que acrediten la tecnología apropiada y aseguren la prestación de las telecomunicaciones, dentro de los principios de libre competencia y libre mercado, previa aprobación del Consejo de Ministros.

Al obtener las correspondientes concesiones, tendrán el derecho de establecer la red y las correspondientes infraestructuras pertinentes.

Los concesionarios están obligados a facilitar el acceso a tales servicios a los distintos usuarios que lo precisen.

Requisitos para la obtención de una autorización

Los interesados deberán instar una solicitud ante el ministerio tutor, el cual tramitará y resolverá el expediente en un plazo de tres meses prorrogable a seis meses, previo dictamen de ORTEL. Esto implica que la instancia de solicitud se deposita en las oficinas de ORTEL, y es este último quien dictamina el expediente y lo tramita para su posterior estudio por el Ministro encargado. Si transcurre el plazo establecido sin la correspondiente autorización, se podrá sobreentender que la solicitud ha sido denegada; aunque en ocasiones el silencio administrativo puede entenderse positivo con los requisitos establecidos en el reglamento correspondiente.

Uno de los problemas que se plantean es la dilación en la concesión de una autorización, como requisito previo para importación de las antenas de telecomunicación, si bien de estas depende mayoritariamente el funcionamiento de la red de internet y la red de telefonía móvil.

Denegación o silencio administrativo

Ante la denegación, los interesados podrán instar un recurso de revisión, dirigido al director técnico de ORTEL quien lo decretará al departamento de usuarios, y estos darán solución a las dificultades que pudieron generarse.

Tiempo de vigencia de las autorizaciones

El periodo de vigencia de una autorización es de diez años.

Revocación de autorizaciones?

Las autorizaciones pueden ser revocadas en caso de incumplimiento grave de las condiciones impuestas, incumplimiento de lo establecido en la ley y en sus correspondientes reglamentos que la desarrollan.

Infracciones, Sanciones y Prescripción

Se consideran infracciones todas las prácticas enumeradas en el Art. 43 de la ley de telecomunicaciones, como por ejemplo: el fraude cometido por los prestadores de servicios hacia los usuarios; la alteración, manipulación o quebrantamiento de los precintos o medidas cautelares adoptadas por ORTEL, sin perjuicio de las responsabilidades penales que hubiera lugar.

Las sanciones se producen como consecuencia de la comisión de una infracción:

  • Para las infracciones leves, se multará a los infractores hasta los diez millones
  • Las infracciones graves se multarán por un precio de diez millones a cien millones.

Estas sanciones pueden consistir también en la revocación del título para la prestación de servicios y la clausura de las instalaciones.

Para la aplicación de estas sanciones se tendrá en cuenta la gravedad de la infracción.
Antes de proceder a sancionar a los infractores, se requerirá que ORTEL haya efectuado una previa amonestación. Los infractores, a pesar de haberles impuesto una sanción, no están exentos del pago de los correspondientes cánones y tasas.

En relación con las sanciones, es importante mencionar que las infracciones y las sanciones por infracciones leves prescriben al año y las infracciones graves prescriben a los tres años de su comisión, habiéndose pagado la sanción y rescindidos los daños producidos, y las sanciones por infracciones graves prescriben a los dos años de su firmeza.

Conclusión y Recomendaciones

La ley de telecomunicaciones es clara y concisa. Existen ciertos aspectos que pueden no hacerse mención en la misma ley y hallarse en los diferentes reglamentos que la desarrollan. Los interesados que quisieran operar en Guinea Ecuatorial en materia de telecomunicaciones deberán cumplir los requisitos exigidos, incluida la inscripción de sus operaciones en el Registro de ORTEL.

ORTEL es la oficina encargada de regular las telecomunicaciones. Dentro de su cometido, realiza asesoramientos que posibiliten la coherencia legislativa y reglamentaria en materia de telecomunicaciones. Es un órgano que sirve de mediador en la resolución de las controversias que puedan surgir entre los distintos operadores o entre estos y los usuarios finales.

Para la solución de los problemas de señalización en los lugares más recónditos de la geografía nacional, el ministerio tutor, y bajo la administración de ORTEL, se ha creado el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, cuyo cometido será financiar inversiones en la expansión y modernización de las redes e instalación de los servicios de telecomunicación.

En definitiva, se recomienda a todos los interesados, operadoras y usuarios finales hacer uso correcto de las telecomunicaciones, cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente para evitar incurrir en infracciones previsibles ya que las sanciones son de alto coste.

Todos los usuarios de las telecomunicaciones tienen derecho a visitar ORTEL para presentar posibles quejas o solicitar algún que otro asesoramiento en materia de telecomunicaciones.

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Serafina SialoSerafina Sialo is a Trainee Associate at Clarence. Serafina won a number of prizes while reading law at the National University of Equatorial Guinea. She is currently learning Chinese at the Confucius Institute of Equatorial Guinea where she has also won multiple awards. She is eager to learn and explore new areas of practice.

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