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LA CEMAC – INTEGRACIÓN REGIONAL

A pesar de la proliferación de los procesos de integración contemporáneos, pocos de ellos han podido avanzar y lograr los efectos potenciales que han de darse en una zona de integración, en este sentido, es interesante saber cómo ha avanzado hasta la fecha uno de esos procesos de integración al que está adherido Guinea Ecuatorial: La CEMAC.

La necesidad de la integración regional africana como estrategia de desarrollo se ha visto reforzada por el actual proceso de globalización organizado en torno a bloques regionales, siendo la Unión Europea una de las fuentes de inspiración para África. La integración regional, pues, se presenta como la única estrategia capaz de resolver los problemas comunes que afronta África, y como la plataforma para convertirse en una potencia, con la integración económica como instrumento de desarrollo. El Acta Constitutiva de la Unión Africana señala entre sus objetivos “acelerar los procesos de integración política y socio-económica en el continente” y ha establecido para ello un Comité de Coordinación de los distintos procesos de integración en el marco del Protocolo de Relaciones entre la UA y las Comunidades Económicas Regionales (CER) firmado en 2008.

Objectivos y misiones de la CEMAC

La CEMAC nació de la voluntad de los Gobiernos de seis (6) Estados Miembros de la antigua UAEAC (Camerún, República Centroafricana, Congo, Gabón, Guinea Ecuatorial, el Chad). Constituye un avance considerable con respecto a la Organización que ella reemplazará.

En efecto, en el marco de esta Comunidad, los Gobiernos de los Estados miembros han confirmado su adhesión a los principios de libertad y democracia y están comprometidos a desarrollar juntos los recursos humanos y naturales de sus Estados para el bienestar de sus pueblos en todos los sectores; dar un impulso nuevo y decisivo al proceso de integración en África Central por medio de una mayor armonización de las políticas y de las legislaciones de sus Estados, así como asegurar la convergencia del desempeño de sus políticas económicas por medio del dispositivo de supervisión multilateral.

Además, esos mismos Gobiernos han aceptado beneficiar a esta nueva Comunidad con la transferencia de una parcela de la soberanía de los Estados miembros, la transferencia se puede apreciar a través de la creación de un Parlamento y de un Tribunal de Justicia Comunitario así como también en numerosas prerrogativas reconocidas al Secretariado Ejecutivo.

La misión esencial de la CEMAC es la de promover un desarrollo armonioso de los Estados miembros en el marco de la creación de un verdadero mercado común.

Durante las últimas dos décadas los países miembros de la CEMAC han experimentado un crecimiento económico sin precedentes en la zona, debido principalmente al sector de hidrocarburos.

La CEMAC nació con los principales objetivos de crear un mercado común basado en la libre circulación de personas, bienes, capitales y servicios; Asegurar una gestión estable de la moneda común; Generar un espacio seguro para el ejercicio de actividades económicas y los negocios en general y Armonizar las regulaciones de las políticas sectoriales nacionales.

También se le asigna la realización de los siguientes objetivos:

  • Establecer un mecanismo de supervisión multilateral de las políticas económicas de los Estados miembros;
  • Asegurar una gestión estable de la moneda común;
  • Proteger el entorno de las actividades económicas y de los negocios en general;
  • Armonizar las reglamentaciones de las políticas sectoriales en los ámbitos esenciales prescriptos por los textos orgánicos (agricultura, ganadería, pesca, industria, comercio, transporte y telecomunicaciones, energía y medio ambiente, investigación, enseñanza y formación profesional.); y
  • Crear un mercado común basado en la libre circulación de personas, bienes, capitales y servicios.

Como podemos observar, el proceso de integración en el seno de la CEMAC es mínimo; el principal bloqueo a dicha integración tiene a menudo un carácter psicológico.

Integración Regional

Como podemos observar, el proceso de integración en el seno de la CEMAC es mínimo; el principal bloqueo a dicha integración tiene a menudo un carácter psicológico.

Reforzar el proceso de integración dependerá de la evolución política, económica y social de los países miembros; un espíritu comunitario duradero se basa en la existencia de un ambiente propicio entre las sociedades que lo configuran. Hay toda una serie de condiciones necesarias a nivel regional para asegurar el anclaje firme de un proyecto de integración: entre ellas, las políticas nacionales que reconozcan la importancia de la dimensión regional y un sector privado que pueda asumir su papel de motor de impulso del crecimiento económico, entre otras.

La construcción del mercado común requiere, sobre todo, el fortalecimiento de la Unión Aduanera. La práctica de exenciones aduaneras concedidas a algunos importadores permite que los Estados hagan excepciones al Arancel externo común. La armonización de las categorías de exenciones aduaneras utilizadas por las administraciones aduaneras traería mayor transparencia a esta práctica y facilitaría la evaluación de los gastos tributarios. También permitiría lograr un seguimiento más estricto, que requiere un análisis exhaustivo de los datos del comercio por las aduanas a nivel del país, por categoría de importaciones. Por otro lado, persisten las barreras no arancelarias. Se requiere un estudio sobre la aplicación de las normas de origen para evaluar el impacto y considerar las enmiendas.

La libre circulación de bienes y personas y la libertad de establecimiento en la zona CEMAC también contribuyen en mejora de la integración regional. La Comisión de la CEMAC debe seguir las dificultades prácticas en la aplicación del principio de libre circulación de personas así como la efectividad del principio de libertad de establecimiento.

La aceleración de la construcción del mercado común

La constitución de una unión aduanera está basada en la adopción y la aplicación de un arancel externo común (AEC) y la libre circulación de bienes entre sus miembros. El AEC es el régimen de derecho común aplicado a las importaciones de mercancías procedentes del exterior de la unión y destinadas al mercado nacional. La definición y adopción de un AEC no bastan. Éste debe aplicarse correctamente, es decir, ser incorporado estrictamente en los sistemas informáticos aduaneros de los países miembros. No es el caso en la CEMAC, sin embargo la Comisión no tiene la información suficiente necesaria para supervisar la correcta aplicación del AEC.

La práctica de exenciones aduaneras concedidas a ciertos importadores permite a los diferentes Estados faltar legalmente al AEC, ya que estas exenciones no están armonizadas. Su armonización es una prioridad para la Unión Aduanera; sin embargo, es políticamente difícil de lograr. En cambio, una primera medida permitiría aportar una mayor transparencia a esta práctica: la armonización de la categorización de las exenciones aduaneras utilizadas por las diferentes administraciones de aduanas. Esto sería el punto de partida para una vigilancia más estricta a nivel de los Estados y la Comisión de la CEMAC, y facilitaría el ejercicio de evaluación de los gastos fiscales.

La nomenclatura común y la codificación fueron revisadas y aprobadas en el plano técnico recientemente por todas las administraciones de aduanas de la CEMAC en el marco de seminarios y reuniones de la misma. Todavía no se aplican. La aprobación de un texto comunitario sobre este tema es deseable para apoyar esta decisión. Fueron suprimidos los derechos arancelarios para los intercambios intracomunitarios, sin embargo persisten barreras no arancelarias, lo que perjudica el desarrollo del comercio entre los Estados miembros. Además, para beneficiarse de una entrada libre de aranceles, el origen intracomunitario debe ser certificado. Las normas de origen en vigor en el CEMAC son simples pero relativamente restrictivas. El umbral de valor añadido es “sobre-crítico” dada la baja densidad del tejido industrial l local.

Libre circulatión de bienes, personas y el derecho de establecimiento

En los últimos años, se han logrado avances en este terreno. Se materializaron con motivo de la 13ª Sesión Ordinaria de la Conferencia de Jefes de Estado que se celebró en febrero de 2017 en Djibloho. Guinea Ecuatorial y Gabón emitieron una opinión favorable para el principio de libre circulación dentro de la CEMAC y desde entonces ambos Estados Miembros, de manera progresiva, han aceptado la libre circulación. En posesión de un documento de identidad seguro o un pasaporte ordinario biométrico expedido por uno de los países o un pasaporte biométrico CEMAC, cualquier nacional de la CEMAC ahora puede vivir a partir de entonces en el país del espacio institucional de su elección por un período máximo de tres meses.

El carácter reciente de esta disposición invita sin embargo, más allá del compromiso político, a una supervisión por la Comisión de la CEMAC de las dificultades prácticas relacionadas con su implementación. Más allá de esta libre circulación de las personas, también es necesario profundizar la libertad de instalación que lleva en sí la posibilidad de desarrollar el comercio intracomunitario. Sin embargo en la práctica todavía no se puede considerar efectiva dicha libertad de circulación.

Conclusión

La CEMAC está, progresivamente, acercándose a conseguir cumplir con los objetivos trazados por la misma en su constitución; claro está que la CEMAC debe seguir trabajando para alcanzar más logros sólidos. Una posible solución a dicha situación sería primero restaurar la confianza entre los Estados miembros; es decir, comprometerse en una nueva dinámica; el compromiso solidario de ser miembro de la Comunidad debe traducirse en la aceptación voluntaria por parte de cada Estado de compartir parte de su soberanía con los demás Estados miembros, imperando la convicción profunda de que el beneficio derivado de esta gestión compartida es superior en el marco de integración que a través de un enfoque de aislamiento.

Por otra parte, han de diseñar e implementar un programa audaz de reformas en el seno de la Organización dirigidas a una mejor consecución de sus objetivos en el contexto de las exigencias de su entorno.

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